¿Qué tipo de Autorización es el Arraigo Familiar?
El arraigo familiar es una autorización de residencia por circunstancias excepcionales que otorga la capacidad de vivir y trabajar en España durante 5 años (a diferencia de 1 como sucedía anteriormente) a aquellos extranjeros no comunitarios que pueden demostrar un vínculo con un ciudadano español. Es decir, el permiso de residencia por arraigo ya no está destinado únicamente a hijos o padres de españoles; a día de hoy encontramos nuevos supuestos que hacen que conseguir este permiso sea adecuado para muchos más extranjeros.
El proceso de solicitud es bastante sencillo en cuanto a requisitos, todo esto, sumado al hecho que esta autorización se debe conseguir mientras el extranjero está en situación irregular lo que la convierte en una opción muy favorable.
Además de ser un permiso por 5 años, otra de sus grandes ventajas es que te permite trabajar en el territorio español tanto por cuenta ajena (trabajando para una empresa), como por cuenta propia (es decir, dándote de alta como autónomo/a y ofreciendo tus servicios como profesional independiente).Por último, comentar que existen diferentes maneras de conseguir esta autorización, pero todas tienen algo en común: para solicitar el arraigo familiar es necesario ser familiar de un ciudadano español o comunitario.
Por otro lado, cabe mencionar los diferentes puntos clave de esta autorización de residencia por circunstancias excepcionales:
¿Quién puede presentar el trámite?
Esta autorización de residencia por circunstancias excepcionales pertenece al régimen general, y solo pueden optar familiares de ciudadanos españoles, sean nacionalizados o españoles de origen. Es decir, como se ha mencionado anteriormente, sólo podrán presentar el trámite aquellos que puedan acreditar un vínculo familiar con un ciudadano español.
¿Es necesario presentar medios económicos?
En contestación a esta pregunta, otra de las ventajas de este permiso es que no se requiere presentar medios económicos. Esto es así, ya que cuando se trate de ascendientes mayores de 65 años, o descendientes menores de 21 años, no habrá que demostrar la situación de estar a cargo, es decir, no habrá que presentar ningún tipo de prueba dentro de este apartado. Sin embargo, en los casos de mayores de 21 y menores de 65, se tendrá que demostrar la situación de estar a cargo del ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho, esto quiere decir, que se tiene que demostrar la dependencia del extranjero solicitante.
¿Es necesario presentar seguro médico?
Otra de las ventajas de este permiso, es que para esta residencia no será necesario demostrar asistencia sanitaria, ni pública ni privada.
¿Es necesario presentar antecedentes penales?
Para poder presentar esta autorización de residencia, es requisito principal aportar los antecedentes penales apostillados del país de origen y los países donde se haya residido en los últimos 5 años.
Por último, es importante comentar, que hay que tener en cuenta que si se solicita un Arraigo Familiar, al cabo de 5 años el titular tendrá derecho a un Permiso de Residencia de Larga Duración de 5 años.