¿Puedo ir a España a estudiar desde el extranjero?
La Autorización de estancia por estudios es una excelente oportunidad para los extranjeros de fuera de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo y de Suiza para desarrollarse en el área de estudios. Esta autorización se aplica a estudiantes y se puede extender a sus familiares.
Se puede acceder al trámite de dos maneras: La primera desde el país de origen cumplimentando y presentando ante el consulado correspondiente el impreso correspondiente al trámite junto con un título de viaje en vigor o pasaporte.
La segunda manera sería la accesión al territorio nacional y el inicio del trámite desde el mismo siempre y cuando, suponiendo que se haya accedido con un visado de turista, la solicitud se realice en los 60 días posteriores a la entrada en territorio nacional
¿Hay algún tipo de requisito que cumplir para la solicitud?
Los requisitos que la ley contiene son:
- Ser ciudadano extracomunitario, así como no ser ciudadano de ninguno de los países que conforman el Espacio Económico Europeo (Noruega, Liechtenstein o Islandia) o ser nacional Suizo.
- No figurar como rechazable para entrar en el territorio nacional de otros países con los que España mantenga tratados en tal sentido.
- Acreditar medios económicos suficientes para garantizar su estancia en España. Esto se traduce en una exigencia de seiscientos euros al mes o siete mil doscientos en el periodo de un año. Esta exigencia se verá reducida si se puede acreditar pagado el lugar de estancia en el periodo.
- La obtención de un seguro destinado a cubrir cualquier tipo de accidente o contingencia que pudiera sufrir durante su estancia.
- Ser admitido en un centro de enseñanza autorizado por el ministerio de universidades o si los estudios no se enfocan a un título universitario que el centro esté autorizado por el ministerio de educación.
Para aquellos estudios que requieran más de seis meses de estancia para la finalización del curso se requerirán dos exigencias adicionales:
- Si el interesado es mayor de edad se requerirá de la carencia de antecedentes penales.
- La certificación médica de que no es portador de ninguna enfermedad que pueda repercutir en la salud pública.
La autorización se destina a facilitar la entrada en el país a aquellas personas que quieran desarrollar su formación en territorio nacional y facilitar el contacto con una nueva cultura como es la española.
¿Cómo rellenar la solicitud?
El solicitante deberá rellenar el impreso de solicitud que puede encontrar en la página interior.gob.es/opencms/es/servicios-al-ciudadano/trámites-y-gestiones/extranjería/regimen-general/carta-de-invitacion/ con los datos primeramente del propio solicitante
- Nombre
- Sexo
- Fecha de nacimiento
- DNI / NIE
- Lugar de nacimiento
- País de nacimiento
- País de nacionalidad
- Domicilio
Tras esto en el modelo habrá que especificar las fechas aproximadas de estancia desde fecha de entrada en el país a fecha de salida, con un máximo de 90 días de estancia. Seguido el solicitante deberá rellenar los datos del lugar de alojamiento destinado a albergar a la persona siendo posibles la propia vivienda del solicitante o una segunda que pueda acreditar la disponibilidad del inmueble.
Por último habrá de rellenar los datos de aquella persona que se pretenda invitar de igual manera que se rellenaron los datos del solicitante, así como exponer la relación que mantiene el invitante con el invitado.
¿Cuánto puede durar la tramitación?
La tramitación del documento se resolverá a menos tardar por el instructor asignado. Este instructor podrá solicitar al invitante mantener una entrevista para confirmar su identidad, la validez de la documentación aportada y la veracidad de la información contenida en la solicitud.
En todo caso caben dos opciones la resolución favorable, la notificación de la misma la cual contendrá el aviso para recoger la carta, así como comenzar el plazo para el pago de la tasa. En el momento de recoger la carta se habrá de presentar el justificante de pago.
O la denegación de la misma que en cualquier caso habrá de ser justificada y contendrá las vías de recurso que se podrán usar.