Visado de Residencia Ley 14 de 2013
Los extranjeros que se encuentren fuera de España y deseen residir dando aplicación a las diferentes vías de la Ley 14 de 2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, deberán dependiendo del caso, solicitar el correspondiente visado ante la Misión Diplomática o Consulado de España en el país de domicilio o residencia, siendo de aplicación para los siguientes:
- Inversores
- Emprendedores
- Profesionales altamente cualificados
- Investigadores
- Trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales dentro de la misma empresa o grupo de empresas
- Familiares en los supuestos anteriores
Servicios que ofrecemos en Molinares Abogados:
- Información, asesoría y acompañamiento antes y durante el trámite (El acompañamiento en Madrid y Bogotá) para el resto de casos contará con el asesoramiento vía online.
- Solicitud y revisión de documentos del interesado.
- Elaboración de expediente, en casos que aplique Plan de Empresa.
- Solicitud de informes de viabilidad empresarial, en los casos que aplique.
- Solicitud de cita en Oficina de Extranjería o Misión Consular de España en el País de origen del solicitante
- Acompañamiento para entrega del Expediente (Sólo en Madrid o Bogotá) para el resto de casos contará con el asesoramiento vía online.
- Elaboración de Expediente para la solicitud de la Tarjeta.
- Solicitud de cita para Huellas.
- En caso de denegación está incluido el Recurso.
NO ESTÁ INCLUIDA la asistencia en los Consulados o Misiones Diplomáticas de España en países diferentes a Colombia (Bogotá).
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