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España abre las puertas a extranjeros emprendedores y permite su internacionalización

CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LA LEY 14/2013, DE 27 DE SEPTIEMBRE, DE APOYO A LOS EMPRENDEDORES Y SU INTERNACIONALIZACIÓN

 

La ley 14 de 2013, le ha abierto las puertas de España a los extranjeros que no son ciudadanos comunitarios, para realizar varias actividades como emprender una actividad económica, ser contratado como profesional altamente cualificado, poder invertir en varios sectores (activos inmobiliarios, activos financieros, deuda pública), como también los investigadores y traslado intraempresarial.


La Secretaría de Inmigración ha publicado un documento que se debe tener en consideración para todos aquellos interesados en obtener algún tipo de residencia legal en España, bajo el amparo de la ley referida, además, nos brinda  los criterios para así permitir una aplicación de la norma equitativa, adecuada para la consecución de sus fines, que se radican en impulsar el desarrollo económica, laboral y social de España. 

 

Destacamos algunos de los criterios que son de especial relevancia:

 

  1. RECURSOS ECONÓMICOS: Los titulares de los visados o autorizaciones de residencia que contemplados en la ley 14 de 2013, deberán acreditar que cuenta con recursos económicos para su sostenimiento de acuerdo con la siguiente cuantía.

    -Titulares de las autorizaciones de emprendedores: cantidad que represente mensualmente el 100% IPREM.

    -Titulares de visados o autorizaciones de residencia para inversores de residencia para inversores deberá acreditar que cuenta con recursos económicos para su sostenimiento en España con una cantidad mensual en euros del 400% IPREM.

    En cuanto a los recursos económicos para poder reagrupar a sus familiares (cónyuge, pareja análoga, ascendientes a cargo, descendientes menores de edad y mayores de edad que aún dependan del titular de la residencia, deberán demostrar:

    -Unidades familiares que incluyan dos personas contando al titular y a la persona reagrupada: al menos el 150% del IPREM.

    -Unidades familiares que incluyan al titular y a más de dos personas: cantidad que represente mensualmente el 50% del IPREM por cada miembro adicional.
  2. AUSENCIAS DE TERRITORIO ESPAÑOL – RENOVACION DE RESIDENCIA:  Se tendrá en cuenta al momento de la renovación que el titular y sus familiares no tengan ausencias fuera de España más de 6 meses al año (computan todos los periodos ya que no se entiende que la ausencia deba de ser continuada).
  3. INVERSORES: Se sigue entendiendo por inversión significativa de capital aquella que cumpla con alguno de los siguientes supuesto:

    -Una inversión inicial por un valor igual o superior a:

    1.º Dos millones de euros en títulos de deuda pública española, o
    2.º Un millón de euros en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital españolas con una actividad real de negocio, o
    3.º Un millón de euros en fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo constituidos en España, incluidos dentro del ámbito de aplicación de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, o de la Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado, y por la que se modifica la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, o
    4. º Un millón de euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.

    -La adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante. 

    -Un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España y que sea considerado y acreditado como de interés general, para lo cual se valorará el cumplimiento de al menos una de las siguientes condiciones:

    1.º Creación de puestos de trabajo.
    2.º Realización de una inversión con impacto socioeconómico de relevancia en el ámbito geográfico en el que se vaya a desarrollar la actividad.
    3.º Aportación relevante a la innovación científica y/o tecnológica.
  4. PROFESIONALES ALTAMENTE CUALIFICADOS: Nos menciona que el perfil del trabajador se valorará en concordancia con las funciones que desempeñará dentro de la empresa, su capacitación del trabajo y acreditar la experiencia profesional.

    -Para Directores y gerentes: 54.142 euros como salario medio anual.
    -Para otros técnicos y profesionales científicos e intelectuales: 40.077 euros como salario medio anual.

    A las cuantías señaladas en el sub-criterio anterior se les aplicará un coeficiente reductor de 0,75 en alguno de los siguientes casos: o Solicitudes de Pymes pertenecientes a un sector considerado estratégico y acreditado mediante el informe favorable de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones previsto en la Ley 14/2013, de 27 de septiembre. o Solicitudes de profesionales altamente cualificados de hasta 30 años.
  5.  INVESTIGADORES: En este caso, la autorización a investigadores se otorga por dos años o, en su caso, por el tiempo de duración del contrato o convenio con la entidad de Investigación.

    El vínculo del investigador con la entidad de acogida La vinculación del solicitante con la entidad de acogida podrá materializarse a través de los siguientes documentos:

    – Contrato de trabajo
    – Convenio de acogida
    – Carta de invitación aceptada por el investigador

    De igual forma, establece que para los Doctorandos Los doctorandos tendrán la consideración de investigador a los efectos de la Ley 14/2013, sin perjuicio de que el solicitante opte por acudir a la autorización de estancia por estudios prevista en el régimen general de extranjería por considerarlo más favorable a su situación.

 

Como se observa, este documento al cual pueden acceder a través del siguiente enlace, es una gran herramienta para entender y aplicar los lineamientos que debemos tener presentes al momento de solicitar las autorizaciones de residencia bajo la Ley 14 de 2013, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización.

 

 

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