¿Has terminado tus estudios y quieres permanecer en España? : prácticas.

¿Has terminado tus estudios y quieres hacer unas prácticas? 

Tenemos la solución para tu caso, y eso pasa por solicitar la autorización de residencia al estudiante para prácticas.

¿Qué es un contrato en prácticas?

Un contrato de trabajo en prácticas es aquel dirigido a profesionales con una determinada formación que quieren un puesto de trabajo que les permita aprender el desarrollo del mismo. Se trata de que la persona contratada obtenga la práctica profesional adecuada a su nivel de estudios.

Esta residencia está pensada en el marco de la Agenda Europea de Migración para que Europa siga siendo “un destino atractivo para los estudiantes, investigadores y trabajadores que desean expresar su talento y espíritu emprendedor” y aprovechar así las ventajas que supone la migración. 

Y efectivamente, así lo pensamos nosotros, pues esto constituye una forma de enriquecimiento cultural tanto para los jóvenes migrantes como para el mundo en general, reforzando los vínculos culturales y aumentando la diversidad cultural. En definitiva, tratar de suprimir las posibles barreras migratorias y dar mejores oportunidades de movilidad y empleo. 

 

5 VENTAJAS DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PARA PRÁCTICAS

  1. Es la mejor manera de cambiar una Autorización de Estudiante a una Autorización de Residencia
  2. Con la Autorización para Prácticas se puede trabajar
  3. El Permiso para Prácticas se puede tramitar estando fuera de España.
  4. La Autorización para Prácticas cuenta para la Nacionalidad Española
  5. Procedimiento fácil para los empresarios. 

¿Quién lo puede solicitar? 

La empresa o entidad de acogida en favor del estudiante, titular de una previa autorización de estancia por estudios, que haya finalizado los estudios en una institución de educación superior autorizada en España y que haya alcanzado como mínimo el Nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones 

Este nivel 6 se alcanza con “la enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior”. Aquí no quedarían incluidos los estudios de Técnico Superior, pero sí los títulos de grado, superior en enseñanzas artísticas, y por supuesto, los másteres o postgrados y doctorados. 

¿Cómo se presenta la solicitud? 

Únicamente por medios electrónicos dirigidos a la Delegación o Subdelegación del Gobierno en la provincia de residencia. Esto quiere decir que no es posible presentar por un Registro público, porque se inadmite la solicitud. Hemos tenido casos de clientes que les ha ocurrido esto mismo, por lo que asegúrate previamente de la forma de presentación. 

¿Cuándo se presenta?  

Durante los 2 años anteriores a la fecha de la solicitud de la autorización o que esté realizando estudios que conduzcan a la obtención de un título de educación superior. 

Eso sí, siempre durante los 60 días naturales previos a la fecha de caducidad de la autorización de estancia por estudios y también dentro de los 90 días naturales posteriores a dicha fecha en caso de ser titular de una autorización de estancia. 

Conviene recordar que la solicitud en este plazo prorroga la validez de la autorización de estancia por estudios anterior o de su prórroga hasta la resolución del procedimiento.

 ¿Y si he estudiado en el extranjero?

Los estudios pueden ser en España o en el extranjero. En este último caso y teniendo en cuenta las fechas de finalización de estos estudios, se solicitará el correspondiente visado para prácticas. 

Importante: las prácticas deben guardar relación con los estudios realizados.

 

¿Cuál es la documentación que se aporta?

  • Impreso de solicitud, en modelo oficial (EX04) debidamente cumplimentado y firmado (dicho impreso puede obtenerse en este enlace).
  • Pasaporte completo en vigor.
  • Tarjeta de identidad del extranjero en caso de ser titular de estancia (NIE)
  • Documentación acreditativa de la fecha de finalización de los estudios superiores (título o resguardo de solicitud del título y/o certificado de notas). 
  • Contrato en prácticas que incluya como mínimo la descripción del programa de prácticas, la duración, las condiciones y supervisión, las horas y la relación jurídica. 
  • Acreditación de la solvencia económica de la empresa (copia del NIF/CIF y escritura pública de constitución y de la representación, declaraciones realizadas a Hacienda, certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Seguridad Social, etc.). 
  • Seguro médico privado (sin carencias, ni copagos y con servicio de repatriación).
  • Acreditación de medios económicos propios (mediante declaración responsable, certificado bancario, movimientos bancarios…) que llegue a los 6.454,08€ anuales, salvo que acredite tener cubierto el alojamiento que se exigirá la mitad de la anterior cantidad. 
  • Tasa: Modelo 790 código 052 apartado 2.1 El impreso para el abono de la tasa puedes descargarlo en este enlace.  

¿Cuánto tarda en resolverse? 

El plazo máximo para resolver y notificar será de 30 días. Si no se resuelve en plazo, la autorización se entenderá estimada por silencio administrativo positivo. Esto es muy beneficioso dado que normalmente la Administración no responde en plazo, y por tanto, a partir de dicha fecha, se entiende por concedida. 

Una vez autorice la solicitud para la realización de las prácticas o transcurra el plazo máximo de resolución, la empresa puede dar de alta en la Seguridad Social y el estudiante puede comenzar las mismas. Si, por el contrario, no se hallase o residiese en el territorio español, será necesaria la obtención del visado. 

¿Cuánto tiempo dura esta residencia? 

La autorización del contrato en prácticas tendrá una duración mínima de 6 meses aunque tampoco podrá exceder de 2 años. Por otro lado, el convenio de acogida será de 6 meses, renovable por una vez hasta 1 año en total.  

¿Qué sucede cuando llegue a su término?

Una vez que te han concedido, terminas las prácticas y has residido con la autorización de residencia en prácticas durante 1 año, tienes varias posibilidades.

  • Si la entidad de acogida o tu empresa de prácticas quiere continuar contigo y te hace una oferta  de trabajo, podrás solicitar la modificación de la autorización de residencia para prácticas a la residencia y trabajo por cuenta ajena
  • Si no continuas con la empresa de las prácticas, puedes solicitar por tí mismo la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena con otra oferta de trabajo, siendo indiferente el puesto de trabajo y la jornada.
  • Puedes solicitar la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia si decides emprender un proyecto empresarial. 

Normalmente, para la no aplicación de la situación nacional de empleo se exige que los extranjeros se hayan encontrado en España durante al menos 1 año en situación de residencia; si bien, ese plazo podrá ser menor, excepcionalmente, si el extranjero acredita una necesidad de trabajar por circunstancias sobrevenidas para garantizar su subsistencia. 

 ¿Qué sucede con los familiares?

Los familiares que podrán acompañar al titular de una autorización de residencia para la búsqueda de empleo o emprender un proyecto empresarial deben ser aquellos que ya se encontraban en España y que habían obtenido, por tanto, un previo visado o autorización de estancia como familiar del estudiante.

Desde nuestro despacho consideramos que esta autorización ha sido un alivio para muchos estudiantes. Hace años, éstos se veían abocados a permanecer 3 años estudiando, buscando estudios que muchas veces no les complacía para continuar su estancia legal en España. Ahora, con esta nueva autorización, se permite que una vez finalizados los estudios superiores, el estudiante extranjero pueda continuar legalmente en España realizando unas prácticas para completar así su formación académica pudiendo ocuparse, además en tareas remuneradas sin tener que acudir a sus ahorros o a los de sus familiares, y contabilizando con esta autorización para la residencia a efectos de solicitar la nacionalidad española en un futuro más inmediato.

Si has finalizado tus estudios y deseas permanecer en España está es muy buena opción, con lo cual, te invitamos a que nos contactes a través de nuestro servicio de consulta web gratuita

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One thought

  • Buenos días!
    He finalizado mi carrera de finanzas en Moscú, Rusia. Hace un año estudié 6 en Madrid, en Complutense. Ahora quiero obtener una visa de prácticas a Madrid. Como lo puedo cumplir? Necesito encontrar una empresa que me da una invitación de trabajo? Y vuestra compañía me puede ayudar con los documentos de visa? O vosotros también podéis ayudar con búsqueda de práctica?

    Agradecería mucho por la auyda!

    Atentamente, Valeria

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