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¿Has terminado tus estudios y quieres permanecer en España? : búsqueda de empleo

Tenemos la solución para tu caso, y ésa pasa por solicitar la autorización de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial.

Esta residencia está pensada en el marco de la Agenda Europea de Migración para que Europa siga siendo “un destino atractivo para los estudiantes, investigadores y trabajadores que desean expresar su talento y espíritu emprendedor” y aprovechar así las ventajas que supone la migración.

Y efectivamente, así lo pensamos nosotros, pues esto constituye una forma de enriquecimiento cultural tanto para los jóvenes migrantes como para el mundo en general, reforzando los vínculos culturales y aumentando la diversidad cultural. En definitiva, tratar de suprimir las posibles barreras migratorias y dar mejores oportunidades de movilidad y empleo. 

5 VENTAJAS DE LA AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PARA BÚSQUEDA DE EMPLEO

  1. Es la mejor manera de cambiar una Autorización de Estudiante a una Autorización de Residencia, sí aún no tienes oferta de trabajo.
  2. Con la Autorización para búsqueda de empleo, se puede buscar activamente un puesto de trabajo que se ajuste a tu perfil académico.
  3. La Autorización para búsqueda de empleo cuenta para la Nacionalidad Española
  4. Procedimiento fácil para los estudiantes. 
  5. Se podrá modificar al régimen general de residencia y trabajo sin tener en cuenta la situación nacional de empleo, 60 días antes del vencimiento o 90 días siguientes a la finalización de la autorización de residencia temporal.

¿Quién lo puede solicitar? 

El estudiante, titular de una previa autorización de estancia por estudios, que haya finalizado los estudios en una institución de educación superior autorizada en España y que haya alcanzado como mínimo el Nivel 6 de acuerdo al Marco Europeo de Cualificaciones

 

Marco Europeo de Cualificaciones

Este nivel 6 se alcanza con “la enseñanza universitaria, las enseñanzas artísticas superiores, la formación profesional de grado superior, las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño de grado superior y las enseñanzas deportivas de grado superior”. Aquí no quedarían incluidos los estudios de Técnico Superior, pero sí los títulos de grado, superior en enseñanzas artísticas, y por supuesto, los másteres o postgrados y doctorados. 

¿Cómo se presenta la solicitud? 

Únicamente por medios electrónicos dirigidos a la Delegación o Subdelegación del Gobierno en la provincia de residencia. Esto quiere decir que no es posible presentar por un Registro público, porque se inadmite la solicitud. Hemos tenido casos de clientes que le ha ocurrido esto mismo, por lo que asegúrate previamente de la forma de presentación. 

¿Cuándo se presenta?  

Durante los 60 días naturales previos a la fecha de caducidad de la autorización de estancia por estudios y también dentro de los 90 días naturales posteriores a dicha fecha.  La solicitud en este plazo prorroga la validez de la autorización de estancia por estudios anterior o de su prórroga hasta la resolución del procedimiento,

¿Cuál es la documentación que se aporta?

  • Impreso de solicitud, en modelo oficial (EX01) debidamente cumplimentado y firmado (dicho impreso puede obtenerse en este enlace).
  • Pasaporte en vigor, y en su caso, NIE del estudiante extranjero.
  • Documentación acreditativa de la finalización de los estudios superiores (título o resguardo de solicitud del título y/o certificado de notas).
  • Contrato en prácticas que contemple la formación teórica y práctica El convenio de prácticas debe tener un contenido mínimo (descripción del programa, objeto educativo, duración, condiciones y supervisión, las horas, etc.).
  • Medios económicos propios o de un familiar (mediante declaración responsable, certificado bancario, movimientos bancarios…) que llegue a los 6.454,08€ anuales – equivalente al 100% IPREM, salvo que acredite tener cubierto el alojamiento que se exigirá la mitad de la anterior cantidad. 
  • Seguro médico privado (sin carencias, ni copagos y con servicio de repatriación)
  • Certificado de antecedentes penales (únicamente en el caso de la solicitud de  visado desde el país de origen y/o residencia).
  • Tasa: Modelo 790 código 052 apartado 2.1 El impreso para el abono de la tasa se puedes descargarlo en este enlace.  

¿Cuánto tarda en resolverse? 

El plazo máximo para resolver y notificar será de 20 días. Si no se resuelve en plazo, la autorización se entenderá estimada por silencio administrativo positivo. Esto es muy beneficioso dado que normalmente la Administración no responde en plazo, y por tanto, a partir de dicha fecha, se entiende por concedida. 

¿Qué pasa si ya cuento con una oferta de trabajo?

En este caso, podrás solicitarlo directamente sin necesidad de contar con este tipo de residencia. Ahora bien, esta oferta -que debe estar relacionada con los estudios cursados- pasará el filtro de la Situación Nacional de Empleo por lo que será muy difícil que prospere a no ser que el puesto de trabajo sea una de las ocupaciones de difícil cobertura o cuente con un certificado negativo del SEPE. No obstante, si eres estudiante peruano o chileno se te eximirá de este filtro, al igual que en otros supuestos contemplados por ley en lo que no aplica (art 40. Ley 4/2000). 

¿Cuánto tiempo dura esta residencia? 

La autorización tendrá una duración máxima e improrrogable de doce meses, surtiendo efectos desde el día siguiente a la extinción de la previa autorización de estancia

¿Qué sucede cuando llegué a su término?

Una vez que te han concedido y residido con la autorización de residencia en búsqueda de empleo o para emprender proyecto empresarial durante 12 meses*, tienes varias posibilidades.

  • Puedes solicitar la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena si encuentras una oferta de trabajo. Eso sí, cualquier oferta de trabajo. 
  • Puedes solicitar la autorización de residencia y trabajo por cuenta propia si decides emprender un proyecto empresarial. 
  • Volver a solicitar la autorización de estancia por estudios

Normalmente, para la no aplicación de la situación nacional de empleo se exige que los extranjeros se hayan encontrado en España durante al menos un año (12 meses) en situación de residencia; si bien, ese plazo podrá ser menor, excepcionalmente, si el extranjero acredita una necesidad de trabajar por circunstancias sobrevenidas para garantizar su subsistencia. 

 ¿Qué sucede con los familiares?

Los familiares que podrán acompañar al titular de una autorización de residencia para la búsqueda de empleo o emprender un proyecto empresarial deben ser aquellos que ya se encontraban en España y que habían obtenido, por tanto, un previo visado o autorización de estancia como familiar del estudiante.

Desde nuestro despacho consideramos que esta autorización ha sido un alivio para muchos estudiantes. Hace años, éstos se veían abocados a permanecer 3 años estudiando, buscando estudios que muchas veces no les complacía para continuar su estancia legal en España. Ahora, con esta nueva autorización, se permite que una vez finalizados los estudios superiores, el estudiante extranjero pueda continuar legalmente en España buscando un trabajo acorde a su formación académica o en su caso, emprender un proyecto empresarial, pudiendo ocuparse en un trabajo remunerado, sin tener que acudir a sus ahorros o a los de sus familiares, y contabilizando con esta autorización para la residencia a efectos de solicitar la nacionalidad española en un futuro más inmediato. 

 

Si has finalizado tus estudios y deseas permanecer en España está es muy buena opción, con lo cual, te invitamos a que nos contactes a través de nuestro servicio de consulta web gratuita

1 comentario en “¿Has terminado tus estudios y quieres permanecer en España? : búsqueda de empleo”

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