Esta es una de las preguntas habituales que llegan al despacho de Molinares Abogados, pues las personas interesadas en solicitar arraigo social o laboral, que tienen hijos menores de edad nos consultan si al presentar sus expedientes (autorización de residencia por circunstancias excepcionales) de arraigo podrán hacerlo junto con sus hijos menores de edad y si a ellos también les conceden el permiso de residencia simultáneamente.
La respuesta es NO. En primer lugar, los expedientes de arraigo son de carácter individual, es decir los padres no pueden incluir a los hijos en el expediente, y como es sabido las figuras de arraigo social o laboral tiene unos requisitos específicos, siendo los más importantes la permanencia continuada de 3 y 2 años, carecer de antecedentes penales, y contar con una oferta laboral para el caso de arraigo social o como mínimo 6 meses de cotización para el arraigo laboral. Por obvias razones un menor de edad no tiene la posibilidad de solicitar una autorización de residencia por circunstancia excepcionales – Arraigo.
Entonces, ¿Cómo puedo regularizar a mi hijo menor de edad?
Una vez que alguno de los padres del menor haya obtenido su permiso de residencia y cuente con el TIE, podremos solicitar a favor del menor la autorización de residencia de extranjero menor de edad NO nacido en España o la autorización de residencia de extranjero menor de edad nacido en España.
Autorización de residencia de extranjero menor de edad NO nacido en España
Este permiso de residencia se concede a los hijos de extranjeros con residencia legal en España, así como a los menores sujetos legalmente a la tutela de un ciudadano o institución españoles o de un extranjero residente legal en España que cumplan con los siguientes requisitos:
– Permanencia continuada en España del menor durante dos años.
– Que sus padres o tutores acrediten empleo o recursos económicos suficientes.
– Que sus padres o tutores acrediten disponer de vivienda adecuada.
– En el supuesto de menores mayores de 6 años, acreditar que está escolarizado en un centro de enseñanza español.
Autorización de residencia de extranjero menor de edad nacido en España
Es una autorización de residencia que adquieren los hijos nacidos en España de extranjero que se encuentre residiendo legalmente en España.
-Que el hijo haya nacido en España.
-Que el progenitor (cualquiera de ellos) sea residente legal.
En este punto es importante resaltar que la residencia de los hijos menores de edad siempre está ligada a la de los padres y tendrá incorporada la misma vigencia de la autorización de residencia del representante legal.
Si es tu caso, no dudes en contactarnos, desde nuestro despacho nos encargaremos de asesorarte y gestionar el expediente de tu hijo, asegurándonos de que cumples con todos los requisitos y aportando la documentación necesaria para obtener una resolución favorable, de forma tal que toda tu familia pueda residir legalmente en España y así, computar los plazos para solicitar la nacionalidad española por residencia.
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