¿De qué tipo de Autorización se trata?
El Arraigo Social, es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se podrá conceder a ciudadanos extranjeros que se hallen en España durante un periodo mínimo de tres años.
¿Cuáles son los requisitos generales?
- Acreditar permanencia mínima de 3 años en España: empadronamientos históricos, histórico de abono de transporte, informes médicos, justificante de envíos de dinero, carnet de biblioteca, carnet de socio asociaciones, contratos civiles y/o mercantiles, estados bancarios y/o movimientos donde consten compras en comercios en España, cursos o programas de formación realizados en España, entre otro medio de prueba.
- A los efectos del cómputo de la permanencia continuada, las ausencias de España no podrán superar los 120 días en un periodo de tres años.
- Carecer de antecedentes penales en los países en los que ha residido los últimos 5 años anteriores a la entrada a España.
¿Es posible solicitar el Arraigo Social sin aportar un contrato de trabajo?
Si. El órgano que emita el informe de inserción social, podrá recomendar que se exima al extranjero de la necesidad de contar con contrato de trabajo, siempre y cuando acredite que cuenta con medios económicos suficientes que supongan al menos, el 100% de la cuantía de la renta garantizada del Ingreso Mínimo Vital -IMV- con carácter anual.
Cabe mencionar que los medios podrán provenir de un familiar residente legal con el que conviva. Estos medios económicos del solicitante serán equivalentes al 100% de la renta garantizada por el IMV, considerando la unidad de convivencia del solicitante.
*El IMV para el año 2023, está en 6.784,44 euros al año; es decir, 565,37 euros mensuales. *Las cuantías del IMV varían cada año.
¿La autorización de residencia por Arraigo Social sin permiso de trabajo viene con permiso de trabajo?
La autorización de residencia por arraigo social, sin aportar contrato de trabajo, únicamente autorizará a residir, más no vendrá con permiso de trabajo.
¿Desde cuándo tiene vigencia la autorización?
La vigencia de la autorización comenzará desde la notificación resolución de la concesión de la autorización.
¿Qué vigencia tiene la autorización?
La autorización concedida tendrá una vigencia de un año y a su término se podrá solicitar autorización de residencia o una autorización de residencia y trabajo.
Fuente – Blog escrito por Erica Estrada / Abogada ICAM