Es el documento que emite la Policía Nacional de España a los ciudadanos españoles o residentes legales solicita el acogimiento de familiares o amigos durante una estancia de hasta 90 días en un período de 180 días, con el compromiso de hacerse cargo de dicha persona durante su estancia en el país.
Beneficios de la carta de invitación:
- Es un documento oficial que facilita la obtención del visado de corta estancia (visado Schengen) y/o la entrada a España de un extranjero en condición de turista
- Prueba de alojamiento durante la estancia del extranjero en España
- Responsabilidad de acogimiento y compromiso de retorno del extranjero a su país de origen o residencia
Procedimiento para la solicitud:
- Varía según la Comisaría de Policía del lugar del domicilio del invitante, y entre otros se debe aportar un formulario, pagar una tasa, y los documentos que acrediten la identidad del invitado, fechas de entrada y fechas de entrada y salida de España.
Advertencia y recomendaciones:
Si bien la la carta de invitación no es un documento que facilita la entrada a España y/ oo la obtención de un visado Schengen NO SE RECOMIENDA si el extranjero tiene la intención de permanecer en España y/o solicitar una residencia, ya que el invitante adquiere unas responsabilidades y un compromiso de retorno del extranjero.
Si la Oficina de Extranjería competente para tramitar la solicitud de residencia, comprueba que el solicitante entró en España con una Carta de Invitación, será un motivo de denegación.
Consecuencia de la no salida del extranjero de España:
Consecuencias tanto para el invitado como para el invitado, tales como sanciones administrativas o multas.
Residencia en España:
Si la intención del extranjero es residir en España, se deberá tramitar el visado correspondiente en el país de origen, dependiendo del motivo del viaje (trabajo, estudios, reagrupación familiar, entre otros).
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