
Residencia de larga duración
La Ley 4/2000 que reglamenta los derechos y deberes de los ciudadanos extranjeros en España contempla en ella varios tipos de residencia, las más conocidas en general son; Permiso de Residencia , Residencia y Trabajo por cuenta ajena y por cuenta propia. Pues bien, una vez que usted sea titular de una de estas dos y haya residido en España por un período de cinco años continuados, esto quiere decir que no se hayan superado los períodos permitidos fuera del territorio Español, el trámite a seguir no será una nueva renovación de su tarjeta, ha adquirido el derecho por así decirlo a solicitar una Tarjeta de Residencia de Larga Duración.