Requisitos para el Arraigo para la Formación:
  • Residencia constante en territorio español por un período no menor a 2 años.
  • No registrar ausencias que excedan los 90 días.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en los países en los que haya residido los últimos 5 años. * Esto aplica para todas las autorizaciones de residencia por motivo de arraigo.
  • Comprometerse a realizar una formación determinada según lo establecido por la legislación.
Formación válida para la solicitud:
  • Una formación reglada para el Sistema de Formación Profesional.
  • Una formación conducente a la obtención de la certificación de aptitud técnica o habilitación profesional necesaria para el ejercicio de una ocupación específica
  • Una formación promovida por los Servicios Públicos de Empleo
  • Titulaciones de Máster Oficial de las universidades, cursos de ampliación o actualización de competencias y habilidades formativas o profesionales en el ámbito de la formación permanente de las universidades, así como de otras  enseñanzas propias de formación permanente.

 

Cuándo llevar a cabo la inscripción o matriculación:

En el plazo de 3 meses desde la notificación de la resolución de concesión de la Autorización de Residencia.

En los casos en que la matriculación está supeditada a periodos  concretos de matriculación,  se deberá remitir a la Oficina de Extranjería prueba de la matrícula en un periodo máximo de 3 meses desde la finalización de dicho plazo.

Tiempo de vigencia de la autorización de residencia:

La autorización de residencia del arraigo para la formación se concede por un periodo de 12 meses. 

 

¿Es posible prorrogar la autorización de residencia?

Sí, es posible solicitar una prórroga única por un período adicional de 12 meses en situaciones donde la duración del proceso formativo sea superior a 12 meses o exceda el plazo de la autorización inicial otorgada.

Tiempo de vigencia de la autorización de TRABAJO:

La autorización tendrá una vigencia de 2 años que habilita a trabajar por cuenta ajena y estará condicionada al alta en la seguridad social.

Si tienes alguna duda respecto del proceso Arraigo para la formación, no dudes en contactar con nuestro equipo de expertos, lo cual puedes hacer accediendo en el siguiente enlace:

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